Leyes sobre ambiente de trabajo hostil en California

  • Blog
  • Leyes sobre ambiente de trabajo hostil en California
Contáctenos
1
2
3
30 Oct, 2024
6 min
354
Puente Bixby al atardecer

¡Aprenda qué hacer sobre el acoso y los ambientes de trabajo hostiles de los abogados experimentados de California - Consumers Attorneys!

Los ambientes de trabajo hostiles son desagradables pero habituales. Si se enfrenta a un entorno de trabajo inseguro o abusivo, no espere - ¡obtenga ayuda! Nuestros abogados de California ayudan contra el acoso, la discriminación y las represalias.

Según la ley de California (estatal y federal), usted tiene derechos como empleado que previenen los entornos laborales hostiles, el acoso y la discriminación en el lugar de trabajo. Si está sujeto a condiciones de trabajo intimidantes, degradantes u ofensivas, consultar con abogados laborales de California puede ayudarlo a comprender sus derechos. Existen leyes estrictas que prohíben cualquier forma de entorno laboral abusivo o tóxico en California, y todos los trabajadores deben recibir un trato equitativo.

¿Qué se entiende por ambiente de trabajo hostil en California?

En California, un entorno laboral hostil se define por algunos factores clave. Esencialmente, es cuando el comportamiento en el lugar de trabajo se vuelve tan persistente y grave que afecta la capacidad de una persona para realizar su trabajo. Este tipo de acoso puede basarse en factores como la raza, el género, la religión, la edad, la orientación sexual o la discapacidad. Puede manifestarse de diferentes maneras (ya sea mediante palabras, acciones o imágenes) y, si continúa durante el tiempo suficiente y es lo suficientemente intenso, puede crear un entorno que no solo es incómodo sino también ilegal.

Cuando teme por su seguridad o bienestar en el trabajo, se trata de un problema grave que no debería afrontar solo. Todos merecemos un entorno de trabajo seguro y solidario, y es importante sentirse capacitado para defenderse.

Ejemplos de entornos laborales hostiles:

  • Insultos raciales o chistes ofensivos dirigidos al color, etnia, nacionalidad o raza percibida de una persona:
    • Hacer comentarios despectivos o bromas sobre el acento o el color de piel de alguien.
    • Usar términos ofensivos para describir a alguien de un país o región en particular.
  • Acoso sexual, incluidos comentarios, gestos o contacto físico inapropiados:
    • Hacer comentarios sugerentes o explícitos sobre la apariencia física de alguien o su cuerpo.
    • Contacto físico no deseado, como frotar, agarrar o rozar a alguien.
  • Discriminación o comportamiento hostil hacia alguien basado en la religión o las prácticas religiosas de esa persona:
    • Burlarse de alguien por llevar vestimenta religiosa, como un hijab, un turbante o una kipá.
    • Negarse a aceptar prácticas religiosas, como no permitir tiempo para la oración o restricciones dietéticas.
  • Acoso basado en la edad, en particular contra empleados mayores:
    • Hacer comentarios despectivos sobre la capacidad de un empleado mayor (de 40 años o más) para usar la tecnología o aprender nuevas habilidades.
    • Contar chistes sobre personas de 40 años o más, que están “pasadas de moda” o que “han pasado su mejor momento”.
  • Comentarios insultantes u ofensivos dirigidos a personas con discapacidad:
    • Hacer bromas inapropiadas sobre las discapacidades físicas o cognitivas de alguien.
    • Usar términos ofensivos como "lisiado" o "lento" para describir a alguien.
  • Prejuicios y discriminación hacia miembros de la comunidad LGBTQ+:
    • Utilizar insultos despectivos o hacer comentarios negativos sobre la orientación sexual o la identidad de género de alguien.
    • Negarse a utilizar los pronombres preferidos de alguien o hacer comentarios despectivos sobre su identidad de género.

Un comportamiento como este crea una atmósfera tensa e incómoda en el trabajo y puede resultar totalmente traumatizante para la salud emocional y mental de quien lo experimenta.

¿Existen leyes contra los ambientes de trabajo hostiles?

Sí, tanto las leyes estatales de California como las leyes federales prohíben a los empleadores permitir o tolerar entornos laborales hostiles. Algunas de las leyes clave que protegen a los empleados incluyen las que se enumeran a continuación:

LeyInformación generalMás información…
Ley de Vivienda y Empleo Justo de California (FEHA)Hace ilegal discriminar y acosar a los empleados en el lugar de trabajo.Los empleadores son responsables de garantizar que no se toleren la discriminación ni el acoso en ninguna forma. La FEHA se aplica a categorías protegidas como raza, género, religión y más.
Título 7 de la Ley de Derechos Civiles de 1964Ley federal que prohíbe la discriminación laboral.Prohíbe las prácticas discriminatorias basadas en el color, la raza, el sexo, la religión y el origen nacional, y el acoso en el trabajo.
Ley contra la Discriminación por Edad en el Empleo (ADEA)Protege a los trabajadores de 40 años o más de la discriminación y el acoso.Los empleadores tienen prohibido permitir el acoso dirigido a los trabajadores mayores por su edad. La ADEA garantiza que los trabajadores mayores reciban un trato justo.
Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA)Protege a las personas con discapacidad de la discriminación y el acoso.Requiere que las personas con discapacidades reciban adaptaciones razonables en el lugar de trabajo. El acoso basado en la discapacidad también está prohibido bajo esta ley. Se recomienda consultar a un abogado especializado en ADA en caso de discriminación en el lugar de trabajo debido a una discapacidad.

Estas leyes exigen que los empleadores de California adopten y apliquen políticas de tolerancia cero frente al acoso. Los empleadores con una determinada cantidad de empleados (normalmente 5) también deben proporcionar a los empleados capacitación sobre la prevención del acoso sexual y la conducta abusiva y establecer procedimientos para gestionar las denuncias. Cuando el acoso en el lugar de trabajo infringe la ley, los empleadores pueden enfrentarse a importantes responsabilidades. 

Continúe leyendo para aprender cómo denunciar un entorno de trabajo hostil en California y cómo Consumer Attorneys puede ayudarle hoy mismo.

¿Qué factores debo probar para demostrar un ambiente de trabajo hostil?

Por lo general, para probar legalmente la existencia de un ambiente de trabajo hostil en California, se deben demostrar varios factores, incluidos los que se mencionan a continuación, entre otros.

Membresía de clase protegida

Debe pertenecer a un grupo que esté protegido contra la discriminación basada en factores como sexo (incluido el embarazo), identidad de género, orientación sexual, raza, color, origen nacional, religión, edad (40 años o más), discapacidad, estado militar, ascendencia, etnia e información genética (historial familiar y médico).

Acoso cometido 

Deberá demostrar que el acoso ocurrió y que estaba relacionado con una característica protegida, como su género, raza o religión. Esto ayuda a establecer la base de su reclamo.

Gravedad y frecuencia

El comportamiento debe haber sido grave o constante para crear un ambiente de trabajo hostil u ofensivo. Aunque las burlas ocasionales o los incidentes aislados no siempre cumplen los requisitos legales, es una buena idea hablar de ellos con un abogado para ver si puede tener un caso.

Estándar de persona razonable

La situación debería ser tal que una persona razonable en su situación también consideraría el entorno hostil o abusivo.

Responsabilidad del empleador

Es importante demostrar que su empleador no tomó medidas razonables para detener o abordar el acoso después de que usted lo denunció. Se espera que los empleadores tomen medidas para prevenir y corregir el acoso en el lugar de trabajo.

¿Son los empleadores responsables del entorno laboral?

Sí, los empleadores en California tienen la obligación legal de garantizar que el lugar de trabajo esté libre de acoso y condiciones laborales hostiles. Según la ley, los empleadores son responsables de las acciones de los empleados, supervisores y gerentes que puedan acosar a otros en el lugar de trabajo.

Además, los empleadores de California deben tomar medidas proactivas para detener y abordar rápidamente situaciones hostiles en el lugar de trabajo.

Una medida importante que deben adoptar los empleadores es crear políticas claras y escritas contra el acoso que comuniquen una postura de tolerancia cero. Además, la ley exige que los empleadores con una determinada cantidad de trabajadores (normalmente cinco o más) proporcionen formación sobre acoso a los empleados y supervisores. En California, esta formación debe realizarse cada dos años para ayudar a prevenir y abordar el acoso. Los empleadores también deben contar con procedimientos claros para gestionar las quejas.

Cuando un empleador no toma medidas para solucionar un entorno de trabajo hostil, puede ser considerado responsable de permitir que el acoso continúe. Si cree que su empleador no ha hecho lo suficiente para abordar la situación, puede tener motivos para emprender acciones legales.

¿Qué debo hacer si trabajo en un entorno laboral hostil?

Si se encuentra en un entorno de trabajo hostil o incluso se pregunta "¿Qué es un entorno de trabajo hostil en California?", debe considerar los siguientes pasos.

Pasos para presentar una queja por ambiente de trabajo hostil

Reportar el problema a RRHH

Denunciar situaciones de acoso en el trabajo puede resultar incómodo, pero siempre que siga los procedimientos establecidos, estará amparado por la ley. Siga los procedimientos de la empresa para denunciar el acoso. La mayoría de las empresas (no todas) tienen políticas que exigen a los empleados denunciar el acoso al departamento de Recursos Humanos (RRHH) o a una persona designada.

Documentar todo

Mantenga un registro completo de cada caso de acoso y discriminación, incluidos los días, las horas, el lugar donde ocurrió y el comportamiento específico que se cometió. Además, escriba los nombres de los testigos que hayan podido ver o escuchar el acoso.

Recopilar declaraciones de testigos

Si había testigos presentes cuando ocurrió el acoso, pídales que proporcionen declaraciones por escrito. El testimonio de los testigos es una prueba contundente a la hora de presentar una denuncia.

Presentar una queja ante CRD (anteriormente DFEH)

En California, tiene hasta tres años para presentar una queja ante el Departamento de Derechos Civiles de California (CRD). Presentar esta queja es el primer paso para iniciar una investigación formal.

Consultar a un abogado laboral

Si trabaja en un entorno laboral hostil en California, debe hablar con alguien con experiencia. Hable con un abogado que tenga experiencia en derecho laboral para evaluar sus opciones legales. Un abogado lo ayudará durante el proceso de queja y determinará si tiene derecho a recibir dinero debido al ambiente laboral hostil y malicioso que ha tenido que soportar.

¿Qué sucede después de presentar una queja?

Después de presentar una queja ante el Departamento de Derechos Civiles de California (CRD), anteriormente conocido como DFEH, debe tener en cuenta el siguiente proceso:

¿Qué sucede a continuación?Detalles
Entrevista de admisiónDentro de los 60 días de haber presentado la queja, el CRD se comunicará con usted para una entrevista inicial. Esto implica una discusión detallada de su experiencia, incluida cualquier evidencia que tenga en ese momento.
InvestigaciónEl CRD entrevista a todas las partes involucradas y analiza las pruebas. El CRD decidirá si hay pruebas suficientes para presentar cargos contra su empleador.
Respuesta del empleadorSe notificará a su empleador sobre la queja y se le dará la oportunidad de responder.
CargosSi el CRD encuentra motivos, puede presentar cargos contra su empleador. Esto podría dar lugar a una mediación, acuerdos o acciones legales adicionales.
Demanda privadaSi la CRD no corrige el problema, usted puede presentar una demanda privada dentro del año de haber presentado la queja y haber recibido lo que se conoce como un “derecho a demandar”. Nota: La CRD no presentará su demanda ante la EEOC. Usted debe comunicarse directamente con la EEOC.
Posibilidad de llegar a un acuerdo
 
En cualquier momento puede haber una oportunidad de llegar a un acuerdo entre las partes. Los acuerdos pueden ofrecer una resolución más rápida y una compensación para la víctima.

Pasar tiempo en un entorno laboral hostil puede afectar gravemente su bienestar emocional y físico. Contar con el apoyo de abogados experimentados que comprendan su situación puede tener un impacto significativo en el resultado. Con la orientación legal adecuada, se sentirá capacitado para iniciar el proceso con confianza. Su abogado colaborará con usted para buscar una compensación por el daño que ha sufrido y garantizar que el entorno laboral hostil llegue a su fin.

¡Póngase en contacto con nuestros abogados laborales de CA!

¿Ha experimentado un entorno laboral hostil en California? Nuestro equipo de abogados laborales está listo para ayudarlo. Hemos ayudado a innumerables empleados que se han enfrentado a condiciones laborales abusivas y estamos preparados para defender sus derechos.

Llámenos para una consulta sin cargos ocultos. Nuestros abogados analizarán cuidadosamente su situación, le explicarán los recursos legales a su disposición y le ayudarán a obtener la compensación y la justicia que merece. No espere: defienda sus derechos y exija el respeto al que se merece. Póngase en contacto con nosotros ahora y dé el primer paso para exigir un entorno de trabajo justo y seguro.

Puede comunicarse con nosotros en nuestra oficina de Encino

Por teléfono: +1334-abo-gado

Por correo electrónico: [email protected]

Visita nuestra oficina en Los Ángeles: 16130 Ventura Blvd Suite 300, Encino, CA 91436

Preguntas más frecuentes

Sí, pero no de manera legal. El acoso y la discriminación ilegales están prohibidos en el lugar de trabajo, y los empleadores están obligados por ley a garantizar que el lugar de trabajo sea seguro frente a tales comportamientos. Si trabaja en un entorno hostil, debe consultar con su empleador o con el departamento de recursos humanos y darles la oportunidad de rectificar la situación. Negarse a trabajar puede no protegerlo de la disciplina o el despido. Sin embargo, si el acoso es grave y generalizado, y el empleador no actúa razonablemente para abordarlo y corregirlo, puede tener derecho a presentar una demanda legal. Es fundamental documentar el acoso y buscar asesoramiento legal para determinar si se han infringido sus derechos.

Ganar una demanda por ambiente de trabajo hostil puede ser un desafío porque la ley exige que demuestre que el comportamiento acosador fue lo suficientemente grave y continuo como para afectar su trabajo. Deberá demostrar que su empleador estaba al tanto, o debería haber estado al tanto, del acoso y no tomó las medidas adecuadas. Mantener una documentación exhaustiva y reunir declaraciones de testigos puede fortalecer en gran medida su demanda. Por eso es importante obtener asistencia legal profesional antes de seguir adelante con una demanda.

No existen “niveles” definitivos de un entorno de trabajo hostil, pero el Departamento de Trabajo de los EE. UU. tiene un programa llamado “Programa de Violencia en el Lugar de Trabajo” que se centra en tres niveles clave, que incluyen las señales de advertencia tempranas (nivel uno), la intensificación de la situación (nivel dos) y la intensificación adicional (nivel tres). Sin embargo, las leyes sobre acoso se centran en si el comportamiento fue lo suficientemente grave o persistente como para hacer que el entorno de trabajo fuera hostil, abusivo o intimidante para una persona razonable. Los tribunales consideran las circunstancias generales, incluida la frecuencia y la gravedad de la conducta, para determinar si el entorno cumple con el estándar legal de hostilidad.

imageDaniel Cohen es el Socio Fundador de Consumer Attorneys
SOBRE EL ABOGADOS
Daniel Cohen
Ver más post

Daniel Cohen es el fundador de Consumer Attorneys. Daniel gestiona los esfuerzos de branding, marketing, captación de clientes y desarrollo de negocio de la firma. Desde 2017 es miembro de la Asociación Nacional de Defensores del Consumidor y del Centro Nacional de Derecho del Consumidor. Es reconocido nacionalmente en la protección de los consumid... Leer más

Contáctenos
INVESTIGATIVE ENGAGEMENT AGREEMENT

You, (“Client,” “you”), and Consumer Attorneys PLLC (“CA” or “we”), located at 72-47 139th street Flushing, NY 11367 (“CA”) , hereby enter into this limited scope retainer agreement whereby you agree to grant CA the exclusive authority to investigate your potential consumer law claim(s), including but not limited to potential violations of the Fair Credit Reporting Act (“FCRA”), Fair Debt Collection Practices Act (“FDCPA”), Equal Credit Opportunity Act (“ECOA”), Electronic Funds Transfer Act “EFTA”), Fair Credit Billing Act (“FCPA”), and/or the Telephone Consumer Protection Act (TCPA”) (collectively referenced as “consumer protection statutes”). 1Please read carefully before signing:

Authorization

You authorize CA to investigate your potential consumer law claim(s) under state and federal consumer protection statutes. You authorize CA to contact third parties on your behalf for the limited purpose of investigating your potential consumer law claims. “Third parties” include but are not limited to consumer reporting agencies, creditors, lenders, debt collectors, rental agencies, employers, courts, and law enforcement agencies.

CA’s Exclusive Investigative Period

CA agrees to investigate your potential consumer law claims in good faith. By signing this agreement, you agree to give CA the exclusive right to investigate your potential consumer law claim(s) for the next 180 days (“Exclusive Investigative Period”). For the duration of the Exclusive Investigative Period, you agree that you will not communicate with any other law firm or legal representative about your potential consumer law claim(s). You agree to forgo any previously scheduled consultation or case review until CA’s Exclusive Investigative Period concludes.

Termination of Exclusive Investigation Period

CA agrees that the Exclusive Investigative Period may not extend beyond 180 days without your prior written consent.

At any time between the date of this agreement and the expiration of CA’s Exclusive Investigative Period, CA may inform you of the outcome of its investigation. If CA’s investigation reveals that you have an actional consumer law claim, CA may ask you to sign a formal retainer agreement. If CA’s investigation does not reveal an actionable consumer law claim, you will receive an e-mail that states CA will not represent you in any further pursuit of your potential claim(s).

The relationship between you and CA automatically terminates at 5pm on the 180th day of the Exclusive Investigative Period or your receipt of CA’s written notice to decline representation, whichever comes sooner. At the conclusion of the Exclusive Investigative Period or upon receipt of CA’s written declination of representation, you are permitted to seek alternative legal counsel without penalty.

Nothing in this agreement should be construed as a promise or guarantee that CA will represent you in a consumer lawsuit at any point in time. CA reserves the right to decline to represent you for any reason permitted by relevant laws and ethical rules.

Your Involvement and Promises to us

You agree to meaningfully participate and cooperate in CA’s investigation of your potential consumer law claim(s). You agree to immediately inform CA if your mailing address, e-mail address, or phone number changes at any point during the Exclusive Investigative Period.
You agree to provide all relevant information, communications, documents, materials, and all other similar instruments to CA and its representatives during the Exclusive Investigative Period. You understand that your failure to provide all relevant information, communications, documents, and materials to CA during the Exclusive Investigative Period may hinder, delay or otherwise frustrate CA’s investigation of your potential consumer law claim(s).

You agree, under penalty of perjury, to provide complete, accurate, and truthful information to CA. All documents and communications, oral or written, past or future, provided to CA during the Exclusive Investigative Period and anytime thereafter are presumed by CA to be true, complete, and accurate.

Fees and Costs Incurred During Exclusive Investigative Period

CA agrees that you will not incur any out-of-pocket fees or costs during CA’s Exclusive Investigative Period. However, if CA agrees to represent you in a consumer lawsuit, CA may recover the fees and costs incurred during the Exclusive Investigative Period from the Defendant pursuant to a future settlement or judgment.

You agree that CA has a right to place a lien on any future monetary recovery obtained by client related to the claims identified during CA’s Exclusive Investigative Period or as a result of CA’s investigative efforts. If you refuse to cooperate with CA in the formal pursuit of the consumer law claim(s) it identifies during or after the Exclusive Investigative Period, you agree that CA has the right to recover the fees and costs it incurred while investigating your potential consumer law claim(s).

Authorization to Use Your Electronic Signature

CA will send you any and all documents that require your signature. You authorize CA to affix your electronic signature to requests, disclosures, or other forms that CA deems reasonably necessary to the investigation of your potential consumer law claim(s) upon receipt of your approval or after the 7th day after the document was sent to you, whichever comes first. Your electronic signature will be used on any and all other subsequent documents that will need signature, affirmation, acknowledgment, or any other forms of authentication in reference to this matter under the above referenced procedure.

1You also agree to give CA the exclusive authority to investigate potential violations of state-specific consumer protection statutes.

All Rights Reserved. Without Prejudice. CONSUMER ATTORNEYS

FORM # INV2024CA119

He leído y estoy de acuerdo con Política de privacidad, Retención de investigación
Formatos de archivo compatibles:
Revisión gratuita del caso
Cero gastos y honorarios para usted.
Usted no paga nada. La ley les obliga a pagar.
Iniciar
Contáctenos
Oficina Principal NY
72-47 139th Street, Flushing, NY 11367
REDES SOCIALES
Servicios de calificación
TrustpilotBetter Business BureauGoogle Business